Preguntas frecuentes

Jurídica

1) ¿Cómo hago para suspender a un empleado?

Se debe anotar en el Libro Único, la fecha, la falta que cometió y la sanción que se le debe aplicar. La sanción debe ser firmada por el empleado y el encargado. Si el trabajador se niega a firmar, debe firmar como testigo algún otro trabajador.-

2) ¿Debo pagar indemnización por despido a una empleada embarazada con Contrato a Prueba?

Sí, pero la trabajadora no cobrará la indemnización común por despido, pero sí, percibirá la indemnización la especial o tarifada que es de 6 sueldos, lo que significa que no se acumularán ambos beneficios.

3) Si se despide a un empleado dentro de los 90 días de iniciada la relación laboral ¿debo abonar despido?

Sí. La única forma para no pagar el despido  - en ese período - es que exista un Contrato a Prueba firmado por el trabajador.-

4) ¿Cómo es la indemnización de un trabajador que se despide estando amparado en DISSE o BSE?

Para el caso de DISSE, la indemnización es doble; para el caso de que éste, esté amparado en BSE, la indemnización es triple.-

5) ¿Cuánto tiempo hay que esperar para despedir a un trabajador o una trabajadora que retorna de DISSE o BSE o que ha dado a luz?

En caso de DISSE 30 días, en caso de BSE 180 días. Siempre se aconseja que sean 30 o 180 días efectivos de trabajo, en caso de que la trabajadora retorne de su licencia maternal, hay que mantenerla en su puesto de trabajo por un mínimo de 180 días luego del reintegro (no desde que dió a luz).

6) Un empleado/a con Contrato a Prueba, se accidenta y se presenta a BSE ¿Cuándo reingresa, para despedirlo ¿deben esperarse los 180 días de estabilidad o prevalece el Contrato a Prueba?

Prevalece el contrato a prueba.