¿Qué jubilados y pensionistas acceden a la canasta?

¿Qué jubilados y pensionistas acceden a la canasta?

Aquellos que perciban pasividades inferiores a 3 BPC ($6.678) y que vivan en hogares con ingresos promedio inferiores  a dicho monto (y en el caso de pensionistas, que sean mayores a 65 años).

En particular, se detallan como beneficiarios:

  • JUBILADOS  que tuvieron derecho a aumentos adicionales otorgados desde el 2005 y que el monto de la pasividad es inferior al valor de 3 BPC e integran hogares con ingresos promedios no superiores a ese valor.
  • JUBILADOS con derecho al ajuste mínimo de pasividad de 2 BPC a octubre 2011.
  • PENSIONISTAS A LA VEJEZ
  • PENSIONISTAS POR INVALIDEZ mayores de 65 años.
  • PENSIONISTAS POR SOBREVIVENCIA mayores de 65 años, que tuvieron derecho a aumentos adicionales otorgados desde 2006, y que el monto de su pasividad es inferior al valor de 3 BPC ($6.678) y que integren hogares con ingresos promedios no superiores a ese valor.
  • BENEFICIARIOS DE ASISTENCIA A LA VEJEZ (MIDES)

¿Cómo se enteran los beneficiarios que tienen derecho a la canasta?

Cada beneficiario tendrá un aviso especial en su recibo de pasividad.

En la primera quincena de diciembre (al cobrar noviembre), estos beneficiarios recibirán, además del tradicional recibo de su pasividad, un segundo recibo de similares características,  donde se especifica que es beneficiario de una canasta de fin de año por un valor de 600 pesos.

Quienes cobran su pasividad por bancos y tengan derecho a la Canasta, recibirán el mensaje en su recibo de cobro habitual. En esta ocasión estos jubilados y pensionistas deberán concurrir, en Montevideo al Edificio Sede del BPS, y en el Interior a Sucursales y Agencias más cercanos, y allí presentando el recibo y su cédula de identidad, recibirán el cupón correspondiente para luego ir a comprar al comercio adherido de su elección.

Importante:

  • Puede suceder que un jubilado hubiese recibido la canasta el pasado año, y no éste, por haber superado el tope determinado en los ingresos.
  • Aquellos que hayan obtenido su pasividad a partir de noviembre de 2011, puede no llegarles el cupón de la canasta. De considerar que cumplen las condiciones antes expuestas, deben presentarse en la oficina del BPS más cercana a realizar una declaración jurada antes del 5 de enero próximo. En dichos casos, se les pagará por parte del BPS directamente en EFECTIVO en febrero.
  • En determinadas localidades del País, y en los lugares donde los jubilados y pensionistas cobran mediante las Giras de Pago del BPS, así como quienes perciben Asistencia a la Vejez, los $ 600 les serán abonados en efectivo, figurando en un renglón aparte de su recibo.

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